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Ejecutivo aprobó mediante Decreto Supremo los siguientes días no laborables compensables.
31 Dic 2012
A través de un Decreto Supremo, la Presidencia del Consejo de Ministros estableció que días del 2013 serán feriados compensables para el sector público.
Los días lunes 11 y martes 12 de febrero, el jueves 27 y viernes 28 de junio, el martes 30 de julio, el jueves 29 de agosto, el lunes 7 de octubre y el lunes 30 y martes 31 de diciembre, los trabajadores del sector público podrán descansar y las horas dejadas de trabajar serán compensados en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad.
Los trabajadores del sector privado también podrán acogerse a esta medida previa coordinación con sus empleadores.