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¡A tomar en cuenta!
08 Ago 2019
Los certificados tienen un periodo de 30 días hábiles para emitir su presentación, en los centros laborales.
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Gracias a la nueva resolución, ahora ya será posible presentar este documento pasado los 30 días.
El Seguro Social considera que el plazo se debe a las condiciones de situación vulnerable en que se encuentran los usuarios: maternidad, distancia, postración en cama, deterioro de la salud o hallarse en el extranjero.
La entidad pública asegura, que estos criterios no deben ser ‘barreras administrativas’ para que estos asegurados continúen las prestaciones que otorga EsSalud.
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La resolución N° 1148-2019 de la Gerencia General de EsSalud publicada que modifica la Directiva N° 15-GG-EsSalud-2014 ‘Normas y Procedimientos para la Emisión Registro y Control de las Certificaciones Médicas por Incapacidad y Maternidad en EsSalud’.