Si trabajas en los feriados de Fiestas Patrias este es el monto que recibirás

¡Para que tengas en cuenta!

Radio Panamericana - Actualidad - Fiestas Patrias

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En los días que han sido declarados no laborables, algunas personas si asistirán a sus centros laborales con normalidad y una de las preguntas que se vienen haciendo es sobre el pago en esos días.

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Según el decreto 713, el domingo 28 y el lunes 29 de julio son feriados calendarios.

El Gobierno declaró días no laborables desde el mediodía del viernes 26 y hasta el 27, y día no laborable compensable el 30 de julio.

26 y 27 de julio: La jornada del medio día del viernes y sábado será compensado por acuerdo entre el trabajador y el empleador, con algún pago u horas extras.

28 y 29 de julio: El monto a recibir es de S/ 50.00 equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día.

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30 de julio: Este día no laborable es para el sector público y opcional en las empresas del sector privado, se debe llegar a un acuerdo entre le trabajador y el empleador.

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